Aprueba administración de Montserrat Caballero condonación de multas y recargos municipales

El acuerdo estará vigente del 1 de noviembre al 29 de diciembre de 2023; Ayuntamiento de Tijuana busca apoyar a los contribuyentes y mantener finanzas.


Con el objetivo de apoyar la economía de las familias tijuanenses y que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales, el Cabildo de Tijuana aprobó un acuerdo impulsado por la alcaldesa Montserrat Caballero Ramírez por el que se condonarán multas y recargos municipales del ejercicio 2023 y anteriores, siempre y cuando realicen el pago antes del próximo 29 de diciembre.

En sesión extraordinaria de Cabildo celebrado este miércoles, la alcaldesa puso a consideración de los ediles un acuerdo por el que se condonarán multas y recargos municipales desde el primero de noviembre hasta el 29 de diciembre, mismo que fue aprobado por unanimidad de sus fuerzas políticas.

Es decir que, a partir de noviembre, los contribuyentes que realicen el pago del Impuesto Predial durante este lapso de tiempo, recibirán una condonación del 100% de multas y recargos generados por incumplimiento en su pago, respecto al ejercicio fiscal 2023 y años anteriores.


En el caso del Impuesto Predial Sobre Adquisición de Inmuebles, las y los tijuanenses serán acreedores a una condonación del 50% de las multas y recargos generados durante el año 2023 y anteriores, siempre y cuando se cubra el adeudo en este periodo.

Los contribuyentes que realicen el pago de derechos municipales durante la vigencia de este acuerdo, también obtendrán la condonación del 50%, mismo porcentaje que será aplicable en el caso de las multas por incumplimiento a los reglamentos municipales.

Lo anterior “siempre y cuando sean liquidados en su totalidad y cumplan con las demás disposiciones establecidas en el presente acuerdo a más tardar el día 29 de diciembre de 2023”.

Durante la sesión de Cabildo se hizo hincapié que, en el caso de las multas por incumplimiento a los reglamentos municipales, no podrán condonar aquellas infracciones por estacionar vehículos en rampas y accesos exclusivos para personas con discapacidad.

Tampoco entran dentro del acuerdo las infracciones especiales, establecidas en el artículo 119 del Reglamento de Tránsito y Control Vehicular: es decir, por conducir bajo los influjos del alcohol o estupefacientes, conducir a exceso de velocidad, estacionar vehículos de carga pesada en vía pública, entre otros.

Las condonaciones aprobadas por el Cabildo no podrán ser acumuladas con otro descuento y en caso de que el contribuyente tenga algún convenio de pago en parcialidades con el Ayuntamiento, el acuerdo únicamente aplicará para el saldo pendiente durante la vigencia del mismo.

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En sesión extraordinaria de Cabildo celebrado este miércoles, la alcaldesa puso a consideración de los ediles un acuerdo por el que se condonarán multas y recargos municipales desde el primero de noviembre hasta el 29 de diciembre, mismo que fue aprobado por unanimidad de sus fuerzas políticas.

Es decir que, a partir de noviembre, los contribuyentes que realicen el pago del Impuesto Predial durante este lapso de tiempo, recibirán una condonación del 100% de multas y recargos generados por incumplimiento en su pago, respecto al ejercicio fiscal 2023 y años anteriores.


En el caso del Impuesto Predial Sobre Adquisición de Inmuebles, las y los tijuanenses serán acreedores a una condonación del 50% de las multas y recargos generados durante el año 2023 y anteriores, siempre y cuando se cubra el adeudo en este periodo.

Los contribuyentes que realicen el pago de derechos municipales durante la vigencia de este acuerdo, también obtendrán la condonación del 50%, mismo porcentaje que será aplicable en el caso de las multas por incumplimiento a los reglamentos municipales.

Lo anterior “siempre y cuando sean liquidados en su totalidad y cumplan con las demás disposiciones establecidas en el presente acuerdo a más tardar el día 29 de diciembre de 2023”.

Durante la sesión de Cabildo se hizo hincapié que, en el caso de las multas por incumplimiento a los reglamentos municipales, no podrán condonar aquellas infracciones por estacionar vehículos en rampas y accesos exclusivos para personas con discapacidad.

Tampoco entran dentro del acuerdo las infracciones especiales, establecidas en el artículo 119 del Reglamento de Tránsito y Control Vehicular: es decir, por conducir bajo los influjos del alcohol o estupefacientes, conducir a exceso de velocidad, estacionar vehículos de carga pesada en vía pública, entre otros.

Las condonaciones aprobadas por el Cabildo no podrán ser acumuladas con otro descuento y en caso de que el contribuyente tenga algún convenio de pago en parcialidades con el Ayuntamiento, el acuerdo únicamente aplicará para el saldo pendiente durante la vigencia del mismo.

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