Servicio social y una disculpa: así se acabó el escandaloso caso de la Casa Blanca de Peña Nieto

La sanción consiste en realizar actividades de servicio social y ofrecer una disculpa pública por el extravío de información relevante para la nación.


El caso conocido como la Casa Blanca de Peña Nieto quedó oficialmente cerrado luego de que un tribunal sentenciara a tres exfuncionarios acusados de desaparecer el expediente en el que se presume estaban las pruebas que confirmaban un conflicto de interés del expresidente mexicano.

En noviembre de 2014 se reveló la existencia de la llamada Casa Blanca, propiedad de la actriz Angélica Rivera, en ese entonces esposa del presidente Enrique Peña Nieto. El inmueble habría sido vendido por el empresario Juan Armando Hinojosa Cantú, quien se vio beneficiado con varias licitaciones durante la administración del priista.

La Secretaría de la Función Pública (SFP) inició una investigación en la que se exoneró al mandatario mexiquense; sin embargo, al iniciar el Gobierno de Andrés Manuel López Obrador la nueva titular de la SFP, Irma Eréndira Sandoval, reabrió el caso e interpuso una denuncia penal ante la Fiscalía General de la República (FGR).

Respecto a esta denuncia, el Tercer Tribunal Unitario en Materia Penal con sede en la Ciudad de México determinó que tres exfuncionarios eran responsables de la desaparición del expediente, según las investigaciones realizadas por la Fiscalía Especializada en materia en Combate a la Corrupción, y concedió un mecanismo alterno de solución para suspender el proceso penal.


Según el diario La Jornada, el pasado 26 de mayo un juez de Control del Reclusorio Norte cumplió la sentencia del tribunal y declaró culpables a José Gabriel Carreño, exsubsecretario de Responsabilidades administrativas y contrataciones públicas; Jesús Antonio Suárez, exdirector general de denuncias e investigaciones, y a Daniel Pérez Rueda, exdirector general adjunto de Investigaciones B, todos de la SFP.

La sanción consiste en realizar actividades de servicio social y ofrecer una disculpa pública por el extravío de información relevante para la nación.

Cabe señalar que tanto la SFP como la FGR impugnaron la resolución del tribunal por considerar que “el agravio causado lo resintió directamente la SFP, y la sociedad en general por el tipo de asunto materia de investigación, pues el expediente extraviado es de trascendencia nacional”, argumento que fue rechazado por la magistrada Isabel Cristina Porras.

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En noviembre de 2014 se reveló la existencia de la llamada Casa Blanca, propiedad de la actriz Angélica Rivera, en ese entonces esposa del presidente Enrique Peña Nieto. El inmueble habría sido vendido por el empresario Juan Armando Hinojosa Cantú, quien se vio beneficiado con varias licitaciones durante la administración del priista.

La Secretaría de la Función Pública (SFP) inició una investigación en la que se exoneró al mandatario mexiquense; sin embargo, al iniciar el Gobierno de Andrés Manuel López Obrador la nueva titular de la SFP, Irma Eréndira Sandoval, reabrió el caso e interpuso una denuncia penal ante la Fiscalía General de la República (FGR).

Respecto a esta denuncia, el Tercer Tribunal Unitario en Materia Penal con sede en la Ciudad de México determinó que tres exfuncionarios eran responsables de la desaparición del expediente, según las investigaciones realizadas por la Fiscalía Especializada en materia en Combate a la Corrupción, y concedió un mecanismo alterno de solución para suspender el proceso penal.


Según el diario La Jornada, el pasado 26 de mayo un juez de Control del Reclusorio Norte cumplió la sentencia del tribunal y declaró culpables a José Gabriel Carreño, exsubsecretario de Responsabilidades administrativas y contrataciones públicas; Jesús Antonio Suárez, exdirector general de denuncias e investigaciones, y a Daniel Pérez Rueda, exdirector general adjunto de Investigaciones B, todos de la SFP.

La sanción consiste en realizar actividades de servicio social y ofrecer una disculpa pública por el extravío de información relevante para la nación.

Cabe señalar que tanto la SFP como la FGR impugnaron la resolución del tribunal por considerar que “el agravio causado lo resintió directamente la SFP, y la sociedad en general por el tipo de asunto materia de investigación, pues el expediente extraviado es de trascendencia nacional”, argumento que fue rechazado por la magistrada Isabel Cristina Porras.

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