Cabildo aprueba proyecto de estímulos fiscales en recargos y multas municipales del ejercicio 2022 y anteriores

El acuerdo tendrá vigencia a partir de este 10 de junio y hasta el 30 de septiembre de 2022.


Durante la XV Sesión Extraordinaria de Cabildo del XXIV Ayuntamiento que encabeza la Alcaldesa Montserrat Caballero Ramírez, fue aprobado por unanimidad el Proyecto de Estímulos Fiscales en Recargos y Multas Municipales del Ejercicio 2022 y anteriores, a partir del 10 junio y hasta el 30 de septiembre de 2022.

Aprobado lo anterior, los ciudadanos que realicen el pago de impuestos y derechos del Municipio durante la vigencia del acuerdo, obtendrán la condonación del 50 por ciento de los recargos y multas generadas por el incumplimiento en su pago respecto del ejercicio fiscal 2022 y anteriores. Así mismo, quienes realicen el pago durante el mismo periodo de tiempo a través de medios electrónicos tales como cajeros automáticos autorizados por el municipio, dispositivos móviles de cobro automático utilizados por personal autorizado por Tesorería, y cualquier otro que autorice la Tesorería, tendrán un 10 por ciento adicional.

Así mismo, los contribuyentes que realicen el pago de multas por incumplimiento a los Reglamentos Municipales durante el periodo de vigencia del acuerdo, tendrán la condonación del 50 por ciento de descuento en multas generadas con anterioridad a la aprobación de este instrumento, siempre y cuando sean liquidados en su totalidad y cumplan las demás disposiciones establecidas en el acuerdo. De igual forma, obtendrán un 10 por ciento de descuento quienes realicen el pago de estas multas a través de medios electrónicos.

Cabe señalar, que no serán objeto de las condonaciones establecidas en este acuerdo, aquellas multas aplicadas por estacionar vehículos frente a rampas y accesos exclusivos para personas con discapacidad o en zonas de estacionamientos reservadas para ellos, o a infracciones establecidas en el artículo 119 del Reglamento de Tránsito y Control Vehicular del Municipio de Tijuana.

Las condonaciones establecidas en este acuerdo no podrán ser acumuladas con ningún otro descuento, y el otorgamiento de los beneficios establecidos en el mismo no darán Iugar a devoluciones, compensaciones o a reclamo alguno, y no será de aplicación retroactiva; además se aclaró, que los contribuyentes que tengan celebrado o celebren el pago en parcialidades con la Autoridad Fiscal, no podrán adherirse.

Dichas acciones van encaminadas en beneficio de los tijuanenses, además de mostrar con hechos la sensibilidad a los problemas de los sectores vulnerables y la capacidad de resolver efectivamente las carencias e inquietudes de los ciudadanos, siendo bajo dichas premisas que se consideró de beneficio social y económico, continuar con los Estímulos Fiscales.

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Aprobado lo anterior, los ciudadanos que realicen el pago de impuestos y derechos del Municipio durante la vigencia del acuerdo, obtendrán la condonación del 50 por ciento de los recargos y multas generadas por el incumplimiento en su pago respecto del ejercicio fiscal 2022 y anteriores. Así mismo, quienes realicen el pago durante el mismo periodo de tiempo a través de medios electrónicos tales como cajeros automáticos autorizados por el municipio, dispositivos móviles de cobro automático utilizados por personal autorizado por Tesorería, y cualquier otro que autorice la Tesorería, tendrán un 10 por ciento adicional.

Así mismo, los contribuyentes que realicen el pago de multas por incumplimiento a los Reglamentos Municipales durante el periodo de vigencia del acuerdo, tendrán la condonación del 50 por ciento de descuento en multas generadas con anterioridad a la aprobación de este instrumento, siempre y cuando sean liquidados en su totalidad y cumplan las demás disposiciones establecidas en el acuerdo. De igual forma, obtendrán un 10 por ciento de descuento quienes realicen el pago de estas multas a través de medios electrónicos.

Cabe señalar, que no serán objeto de las condonaciones establecidas en este acuerdo, aquellas multas aplicadas por estacionar vehículos frente a rampas y accesos exclusivos para personas con discapacidad o en zonas de estacionamientos reservadas para ellos, o a infracciones establecidas en el artículo 119 del Reglamento de Tránsito y Control Vehicular del Municipio de Tijuana.

Las condonaciones establecidas en este acuerdo no podrán ser acumuladas con ningún otro descuento, y el otorgamiento de los beneficios establecidos en el mismo no darán Iugar a devoluciones, compensaciones o a reclamo alguno, y no será de aplicación retroactiva; además se aclaró, que los contribuyentes que tengan celebrado o celebren el pago en parcialidades con la Autoridad Fiscal, no podrán adherirse.

Dichas acciones van encaminadas en beneficio de los tijuanenses, además de mostrar con hechos la sensibilidad a los problemas de los sectores vulnerables y la capacidad de resolver efectivamente las carencias e inquietudes de los ciudadanos, siendo bajo dichas premisas que se consideró de beneficio social y económico, continuar con los Estímulos Fiscales.

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