Brindan suspensión provisional a Ovidio Guzmán, lo que frena su extradición a EU

Se reiteró la suspensión de plano emitida por el juzgado declinante, en relación con los actos reclamados por incomunicación, tortura física o psicológica.


Un juez federal del Estado de México concedió a Ovidio Guzmán López, hijo de Joaquín “El Chapo” Guzmán, una nueva suspensión provisional que frena por el momento su extradición a los Estados Unidos, país que lo requiere por tráfico de fentanilo.

Al asumir competencia del caso, el titular del Juzgado Quinto de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales otorgó la medida cautelar al líder de “Los Chapitos” del Cártel de Sinaloa, para el efecto de que no se entregado a las autoridades estadounidenses y permanezca recluido en el penal de máxima seguridad del Altiplano, a disposición de juez responsable.

Lo anterior, hasta que no se dicte la suspensión definitiva: “Se concede dicha medida cautelar, para el efecto de que el directo quejoso (Ovidio Guzmán) no sea extraditado y quede a disposición de este órgano jurisdiccional de amparo, en lo que corresponde a su libertad personal, en el lugar en que se encuentra recluido y a disposición del juez responsable, sin perjuicio de que continúe el procedimiento de extradición que se le instruye; lo anterior, hasta en tanto no se dicte la suspensión definitiva”, determinó el juzgador.

El titular del Juzgado Quinto de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales aceptó competencia del caso declinada por el Juzgado Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad en México, y se avoca al conocimiento del asunto.

Reiteró la suspensión de plano emitida por el juzgado declinante, en relación con los actos reclamados por Guzmán López consistentes en incomunicación, tortura física o psicológica.

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Al asumir competencia del caso, el titular del Juzgado Quinto de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales otorgó la medida cautelar al líder de “Los Chapitos” del Cártel de Sinaloa, para el efecto de que no se entregado a las autoridades estadounidenses y permanezca recluido en el penal de máxima seguridad del Altiplano, a disposición de juez responsable.

Lo anterior, hasta que no se dicte la suspensión definitiva: “Se concede dicha medida cautelar, para el efecto de que el directo quejoso (Ovidio Guzmán) no sea extraditado y quede a disposición de este órgano jurisdiccional de amparo, en lo que corresponde a su libertad personal, en el lugar en que se encuentra recluido y a disposición del juez responsable, sin perjuicio de que continúe el procedimiento de extradición que se le instruye; lo anterior, hasta en tanto no se dicte la suspensión definitiva”, determinó el juzgador.

El titular del Juzgado Quinto de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales aceptó competencia del caso declinada por el Juzgado Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad en México, y se avoca al conocimiento del asunto.

Reiteró la suspensión de plano emitida por el juzgado declinante, en relación con los actos reclamados por Guzmán López consistentes en incomunicación, tortura física o psicológica.

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