Se estima que en México circulan más de 2 millones de vehículos de procedencia extranjera, conocidos como ‘autos chocolate’, de manera irregular.
Con información de Ajedrez Político:
El Gobierno Federal publicó el Decreto para la regularización de autos «chocolate» que se podrá realizar en diez estados del país hasta el 20 de julio del 2022.
Los vehículos que se podrán regularizar son modelos 2014 y anteriores, que al 19 de octubre de 2021 se encontraban en el territorio de los estados de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila de Zaragoza, Durango, Michoacán de Ocampo, Nayarit, Nuevo León, Sonora y Tamaulipas.
Una persona podrá realizar el trámite y cubrirá un monto de 2, 500 pesos, dicha gestión tendrá que hacerse a través de un agente o agencia aduanal. Los recursos que se obtengan, según se informa, serán distribuidos para la pavimentación y bacheo de las calles de distintos municipios.
No podrán importarse automóviles denominados de lujo, deportivos y/o vehículos blindados, u otros que no cumplan con las condiciones mecánicas requeridas.
Se estima que en Baja California circulan más de 250 mil vehículos «chocolate».
En el decreto de este miércoles se explica que existe un aumento de delitos en los que están involucrados vehículos de procedencia extranjera que circulan de manera irregular en México.
Que, por ello, es necesario fomentar el registro y la regularización de los vehículos usados de importación para controlar su estancia y circulación en el país, lo que permitirá su rastreabilidad en la prevención e investigación de los delitos.
Según este decreto presidencial, los vehículos usados podrán ser importados definitivamente sin necesidad de que cuenta con un certificado de origen, un permiso de la Secretaría de Economía, ni que esté inscrito en el padrón de importadores.
Se explica que tratándose de vehículos de hasta 10 personas, la tarifa arancelaria será de 8 mil 703 pesos.
Mientras que, para los vehículos para el transporte de mercancías, la tarifa arancelaría será de 8 mil 704 pesos.
Los vehículos que podrán ser regularizados deberán tener una antigüedad de 8 años o más, a partir de la fecha en que se realice la importación.