¿Qué podrían hacer las mujeres si se elimina delito de “aborto” del Código Penal Federal?

Morena presentó una iniciativa para cambiar el marco jurídico mexicano y, así, poder defender la maternidad deseada


Este fin de semana se hizo pública la intención de que Movimiento Regeneración Nacional (Morena) busca eliminar el delito de “aborto” del Código Penal Federal (CPF), algo que va de acuerdo con la vanguardia feminista del Siglo XXI; sin embargo, existen algunas dudas de cómo incidiría en la vida de México si se llegara a aprobar esta reforma.

El sábado 11 de marzo, la diputada Marisol García, de Morena, presentó su iniciativa de reforma para que los artículos 329 y 334 del CPF, esto para dotar al marco jurídico mexicano una nueva definición de aborto y las condiciones bajo las cuales se podrá realizar de manera legal.

La legislación actual refiere:

Marisol García Segura propuso una iniciativa para despenalizar el aborto (Foto: Cámara de Diputados).

“Artículo 329.- Aborto es la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez”

“Artículo 334.- No se aplicará sanción: cuando de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte, a juicio del médico que la asista, oyendo éste el dictamen de otro médico, siempre que esto fuere posible y no sea peligrosa la demora”

Hoy día, en pleno Siglo XXI, existen mujeres perseguidas por abortar (Foto: Colprensa / Camila Díaz).

De acuerdo con García Segura, se debe de promover el derecho a una maternidad deseada, dónde se tome en cuenta que, al momento de legislar, prepondere el Estado laico y la evidencia científica; además, “debemos proteger y garantizar el derecho de las personas a ser tratadas con dignidad y a que gocen de las libertades fundamentales, es decir, al derecho al libre desarrollo de la personalidad”.

Para dotar de sustento a su iniciativa, la legisladora retomó la determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) donde se reconoce la penalización del derecho al desarrollo libre de la personalidad, incluyendo la autonomía reproductiva. Esto quiere decir que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) reconoce a la interrupción del embarazo como un derecho y, en consecuencia, el Estado no debe perseguir a quien ejerce sus derechos.

Dicha iniciativa, al estar basada en una sentencia de la Suprema Corte, difícilmente podría ser revertida en tribunales; sin embargo, debe de pasar el proceso legislativo como cualquier otra iniciativa, de tal modo que esta iniciativa aún no es una realidad, por lo que se deberá de esperar a que sea sometida a votación por el Congreso de la Unión.

No obstante, si se llegara a aprobar esta iniciativa, las mujeres contarían con un nuevo elemento jurídico que las proteja ante la persecución. Cabe recordar que este tema fue tratado con la doctora en derecho, Victoria Alva, quien, para los micrófonos de Infobae México, explicó cómo es que puede proceder una mujer que sea perseguida por el gobierno después de practicarse un aborto.

La vanguardia feminista insiste en que se despenalice y se legalice el aborto legal, seguro y gratuito en México (Foto: Natacha Pisarenko / Associated Press).

En septiembre de 2021, la doctora Alva Lugo señaló que en México, aproximadamente 400 mujeres están siendo investigadas por el “delito de aborto”; sin embargo, con la determinación de la Corte, esto debería de cesar y si se llegara a aprobar la iniciativa de Morena, ya no se abrirían carpetas federales por aborto.

De tal modo que se le otorgaría un argumento jurídico nuevo a las mujeres que aborten, pues si se llegara a abrir una carpeta de investigación en su contra podrían solicitar a su defensa que se apeguen a la lectura de la SCJN para que la interpretación sea la de la máxima autoridad jurídica en México.

Además, la abogada, que fue primer visitadora de la Comisión de Derechos Humanos en el estado de Morelos, explicó que la interpretación de la Suprema Corte es de carácter federal, con lo cual las fiscalías locales están obligadas a acatar la determinación de la corte, pues ninguna legislación local puede contradecir a la CPEUM.

Y pues, con la eliminación de estos artículos del CPF, pues son contrarios a la Constitución, se articularía una nueva herramienta para la defensoría de las mujeres que abortan. Además, las mujeres que ya fueron sometidas a un proceso judicial podrían exigir a sus representantes legales que soliciten nuevamente el juicio y, bajo esta nueva perspectiva, podrían quedar en libertad.

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Aldea84http://aldea84.com
Sitio para nativos y migrantes digitales basado en la publicación de noticias de Tijuana y Baja California, etnografías fronterizas, crónicas urbanas, reportajes de investigación, además de tocar tópicos referentes a la tecnología, ciencia, salud y la caótica -y no menos surrealista- agenda nacional.
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El sábado 11 de marzo, la diputada Marisol García, de Morena, presentó su iniciativa de reforma para que los artículos 329 y 334 del CPF, esto para dotar al marco jurídico mexicano una nueva definición de aborto y las condiciones bajo las cuales se podrá realizar de manera legal.

La legislación actual refiere:

Marisol García Segura propuso una iniciativa para despenalizar el aborto (Foto: Cámara de Diputados).

“Artículo 329.- Aborto es la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez”

“Artículo 334.- No se aplicará sanción: cuando de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte, a juicio del médico que la asista, oyendo éste el dictamen de otro médico, siempre que esto fuere posible y no sea peligrosa la demora”

Hoy día, en pleno Siglo XXI, existen mujeres perseguidas por abortar (Foto: Colprensa / Camila Díaz).

De acuerdo con García Segura, se debe de promover el derecho a una maternidad deseada, dónde se tome en cuenta que, al momento de legislar, prepondere el Estado laico y la evidencia científica; además, “debemos proteger y garantizar el derecho de las personas a ser tratadas con dignidad y a que gocen de las libertades fundamentales, es decir, al derecho al libre desarrollo de la personalidad”.

Para dotar de sustento a su iniciativa, la legisladora retomó la determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) donde se reconoce la penalización del derecho al desarrollo libre de la personalidad, incluyendo la autonomía reproductiva. Esto quiere decir que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) reconoce a la interrupción del embarazo como un derecho y, en consecuencia, el Estado no debe perseguir a quien ejerce sus derechos.

Dicha iniciativa, al estar basada en una sentencia de la Suprema Corte, difícilmente podría ser revertida en tribunales; sin embargo, debe de pasar el proceso legislativo como cualquier otra iniciativa, de tal modo que esta iniciativa aún no es una realidad, por lo que se deberá de esperar a que sea sometida a votación por el Congreso de la Unión.

No obstante, si se llegara a aprobar esta iniciativa, las mujeres contarían con un nuevo elemento jurídico que las proteja ante la persecución. Cabe recordar que este tema fue tratado con la doctora en derecho, Victoria Alva, quien, para los micrófonos de Infobae México, explicó cómo es que puede proceder una mujer que sea perseguida por el gobierno después de practicarse un aborto.

La vanguardia feminista insiste en que se despenalice y se legalice el aborto legal, seguro y gratuito en México (Foto: Natacha Pisarenko / Associated Press).

En septiembre de 2021, la doctora Alva Lugo señaló que en México, aproximadamente 400 mujeres están siendo investigadas por el “delito de aborto”; sin embargo, con la determinación de la Corte, esto debería de cesar y si se llegara a aprobar la iniciativa de Morena, ya no se abrirían carpetas federales por aborto.

De tal modo que se le otorgaría un argumento jurídico nuevo a las mujeres que aborten, pues si se llegara a abrir una carpeta de investigación en su contra podrían solicitar a su defensa que se apeguen a la lectura de la SCJN para que la interpretación sea la de la máxima autoridad jurídica en México.

Además, la abogada, que fue primer visitadora de la Comisión de Derechos Humanos en el estado de Morelos, explicó que la interpretación de la Suprema Corte es de carácter federal, con lo cual las fiscalías locales están obligadas a acatar la determinación de la corte, pues ninguna legislación local puede contradecir a la CPEUM.

Y pues, con la eliminación de estos artículos del CPF, pues son contrarios a la Constitución, se articularía una nueva herramienta para la defensoría de las mujeres que abortan. Además, las mujeres que ya fueron sometidas a un proceso judicial podrían exigir a sus representantes legales que soliciten nuevamente el juicio y, bajo esta nueva perspectiva, podrían quedar en libertad.

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