Más feminicidios y menos condenas

En los últimos diez años se han registrado siete mil 246 feminicidios y menos del 25% de esos crímenes ha terminado en una sentencia condenatoria. En México, la impunidad en los delitos de feminicidio es del 76 por ciento.


Por: Valeria Durán

Lamento que el Ministerio Público no haya realizado una investigación diligente y allegar a este sumario probanza idónea pertinente y suficiente para demostrar la autoría material del acusado. Me veo obligado lamentablemente a tomar esta decisión”, así comenzó el discurso de cierre de un juez al pronunciar una de las 12 sentencias absolutorias que se han dictado en el Estado de México por el delito de feminicidio. 

El Estado de México ocupa el segundo lugar con más feminicidios registrados, de acuerdo al informe más reciente del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Ahí el cuerpo de una mujer fue encontrado en las faldas de un cerro. 

Ella fue una de las siete mil 246 víctimas de feminicidio que se han registrado desde enero de 2012 hasta diciembre de 2022. 

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En la versión pública de la carpeta de investigación de su feminicidio se asentó que varios testigos declararon que la mujer era víctima de violencia por parte de su pareja, pero la declaración más contundente fue la que dio la propia madre del inculpado, que en su testimonio aseguró que su hijo le confesó que había matado a su esposa. 

Además de los testimonios que ubican a la víctima con el inculpado el día en que ella fue asesinada, una serie de errores cometidos por parte de los peritos del Ministerio Público hicieron que al final este caso se uniera a los miles que se contabilizan en la impunidad.

“Ante lo desahogado en el juicio y la deficiente investigación de la Fiscalía y falta de atención en un asunto de alto impacto social, de donde se pudo advertir que la Fiscalía no allegó órganos de prueba idóneos que pudieran apoyar y apuntalar con ello su teoría del caso para la acreditación de la intervención del acusado en el hecho, por lo que al no demostrarse la responsabilidad penal de XXX en la comisión del hecho delictuoso se dicta la sentencia absolutoria”, dictaminó el juez. 

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Desde 2020, Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI) ha documentado, en su investigación Feminicidas Libres, cómo las liberaciones de feminicidas ocurren por fallas al debido proceso y no por dudas fundadas sobre la responsabilidad del inculpado. 

En un nuevo rastreo entre las sentencias absolutorias que se han dictado hasta 2022 se detectó que existen indicios, evidencias, testimonios, videos, objetos, vehículos, escenas del crimen, dictámenes periciales y elementos que, de haberse procurado correctamente, habrían bastado para que las víctimas de esos feminicidios tuvieran justicia, en vez de la sentencia de absolución de quienes dieron muerte a esas mujeres.

En México, el embudo de impunidad en los delitos de feminicidio sigue creciendo año con año. En los últimos diez años se han registrado siete mil 246 feminicidios, por los cuales solo se han iniciado cinco mil 700 averiguaciones previas o carpetas de investigación. 

De acuerdo a una serie de peticiones a cada una de las Fiscalías y poderes judiciales estatales, se pudo contabilizar que en toda la historia judicial del país se han detenido a 2 mil 652 sospechosos, pero al final solo se han dictado mil 690 condenas irrevocables por el delito de feminicidio, a la par que se han dictado 262 sentencias absolutorias. 

Esto significa que solamente el 23.32% de los feminicidios terminan en una sentencia condenatoria. 

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Poca transparencia 

El feminicidio no solo es perpetrado por una persona, sino encubierto, o permitido de facto, por todo el sistema de justicia de los estados, que además reserva los expedientes donde quedaría evidenciada su impericia y negligencia.

MCCI solicitó las versiones públicas de las 262 sentencias absolutorias dictadas por el delito de feminicidio, pero los poderes judiciales estatales solo transparentaron 73 expedientes, esto pese a que desde 2020 están obligados a hacer públicas las versiones de las sentencias. 

El 29 de julio de 2020, la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad una reforma a la Ley General de Transparencia que obligó a los poderes judiciales de todo el país a hacer públicas todas sus sentencias. Ratificando  la decisión que tomó el Senado el 17 de octubre de ese mismo año.

Con el antiguo ordenamiento, los poderes judiciales únicamente tenían la obligación de publicar las sentencias de “interés público”, caracterización con la que muchas veces se escudaban para no publicar sus fallos y resoluciones.

Pese a que desde hace casi tres años existe la obligación de incorporar dentro de sus páginas oficiales un apartado donde se puedan consultar las versiones públicas de las sentencias, el poder judicial del estado de Durango aún no tiene este apartado. 

Además de éste, San Luis Potosí tampoco lo tiene incluido en la página oficial del poder judicial, sino en la página de transparencia estatal, mientras que, vía transparencia, los estados de Nayarit, Tabasco, Tamaulipas y Tlaxcala no especificaron si cuentan con esta sección de consulta. 

El resto de los estados que sí han incorporado un portal de transparencia para las versiones públicas de las sentencias presentan algunos requisitos que pueden dificultar el hallazgo de un expediente, como que el usuario conozca datos específicos del caso. 

familiares y colectivas feministas marcharon desde monumento a la revolución hacía la fiscalía especializada en feminicidios con el fin de exigir justicia por ariadna fernanda lópez díaz, cuyo cuerpo fue localizado en morelos. también piden penas máximas para sus posibles feminicidas ratuel "n" y vanessa "n" así como la destitución de uriel carmona fiscal de morelos.
Fotografía: Agencia Cuartoscuro

Feminicidio ya es igual en todo el país

En enero de 2021, el estado de Michoacán incorporó las siete causales que especifica el Código Penal Federal para diferenciar un feminicidio de un homicidio doloso. 

En México, el Código Penal Federal establece siete supuestos en los que el homicidio de una mujer debe ser considerado un feminicidio:

  • Los signos de violencia sexual
  • Las lesiones o mutilaciones
  • Los antecedentes de violencia
  • Que haya existido una relación entre la víctima y el victimario
  • Las amenazas o agresiones previas al asesinato
  • Que la víctima haya sido incomunicada
  • Que el cuerpo haya sido expuesto o exhibido en un lugar público

En el año de 2012 estas causales comenzaron a incorporarse paulatinamente a los Códigos Penales Estatales, pero fue hasta enero de 2021 que por fin el delito de feminicidio es igual –legalmente– en toda la República Mexicana. 

Sin embargo, los feminicidios siguen aumentando y con ello los índices de impunidad. 

En México a ellas las están matando, y a ellos, a los asesinos, los están liberando.

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