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Acusa Transparencia Internacional de que México no castiga la corrupción transfronteriza

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México aparece entre los 19 países en color rojo, con una “aplicación escasa o nula investigación de casos de corrupción”.

Las autoridades de México no han castigado ningún caso por cohecho internacional en el período 2016-2019, revela el informe ‘Exportando Corrupción 2020′ publicado por Transparencia Internacional.

“En el periodo 2016-2019 México actúa poco o nada en casos de cohecho internacional”, señala el informe que contiene una tabla de países.

La corrupción en negocios internacionales ha quedado en evidencia por escándalos económicos y financieros de gran calado en México, que en ese lapso no han sido castigados.

El informe menciona “el caso de [la constructora brasileña] Odebrecht y otras operaciones globales que involucran lavado de dinero y contratos multimillonarios en materia de energía, obra pública y salud, por mencionar algunos sectores” donde existe impunidad para ese delito en este país, señala Transparencia Internacional y su sección mexicana.

Los resultados del informe revelaron que el país latinoamericano se ubica “entre los países que no sancionan la corrupción transnacional, tanto en el caso de corporaciones globales que hacen negocios en México, como en el de empresas mexicanas que hacen negocios en el extranjero e incurren en prácticas ilegales”.

El combate frontal a la corrupción es la principal promesa del presidente Andrés Manuel López Obrador, que comenzó su mandato sexenal en diciembre de 2018.

Inacción de la Justicia mexicana

El documento de TI señala que México “está obligado a investigar y sancionar la gran corrupción a nivel transnacional”, según los compromisos firmados como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos.

Las autoridades mexicanas están obligadas a actuar bajo los supuestos de la Convención de la OCDE “contra el cohecho en transacciones comerciales internacionales y del propio Código Penal Federal que tipifica como delito esta forma de corrupción”.

Los especialista en temas de transparencia consideran que “aplican con poca eficacia las leyes aquellos países cuyos registros demuestran que hay avances alentadores, pero que no son suficientes para disuadir el cohecho internacional”.

Casi tres cuartas partes de los países (34 de las 47 naciones analizadas) actúan poco o nada en casos de cohecho internacional; y México es uno de ellos.

Los 47 países analizados en el informe generan el 80% de las exportaciones mundiales, de los cuales en ese lapso de cuatro años abrieron 421 investigaciones y 93 casos, que concluyeron en 244 sanciones, de las cuales 125 fueron “sanciones sustantivas” .

Solo cuatro de los 47 países analizados (EEUU, Reino Unido, Suiza e Israel) “actúan de manera decidida contra el cohecho internacional”, y son marcados en verde por el informe.

Un segundo grupo de color amarillo de nueve países (Alemania, Francia, Italia, España, Australia, Brasil, Suecia, Noruega y Portugal), que producen el 20% de las exportaciones globales, “aplican con poca eficacia las leyes contra las empresas que pagan sobornos al participar de operaciones comerciales o de inversión en el extranjero”.

Otros 15 países con el 9,6% de las exportaciones aparecen en la lista en color naranja, en el tercer grupo , por hacer “esfuerzos limitados” en el combate a ese tipo de delitos multinacionales, como Argentina, Chile, Colombia Costa Rica, Austria y Canadá.

En cambio, México aparece entre los 19 países en color rojo, con una “aplicación escasa o nula investigación de casos de corrupción”.

Esas naciones que producen 36,5% de las exportaciones mundiales incluyen además de México a China, Japón, India, Rusia Turquía, Polonia y Perú, entre otros.

El informe considera como “investigación contra la corrupción” a los procesos iniciados por las fiscalías en los que se hace un recuento de los hechos y se integran las pruebas con las que se pretende demostrar que se ha cometido un delito.

Por otra parte, la ficha técnica clasifica como “casos de corrupción” a los procesos que fueron iniciados a partir de una investigación presentada ante un juez para determinar si se cometió o no el delito.

Las “sanciones relevantes” incluyeron prisión, multas económicas de gran calado, recuperación de los beneficios ilegalmente obtenidos, intervención de un monitor en materia de cumplimiento para las empresas involucradas y suspensión de actividades comerciales o económicas a las empresas sancionadas.

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